Declarada nula una hipoteca multidivisa en Sant Feliu de Llobregat

Letrado de los consumidores: Magdalena Rico Palao

 

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El Juzgado de Primera Instancia e instrucción número 5 de Sant Feliu de Llobregat ha declarado nula una hipoteca multidivisa colocada a un matrimonio de este municipio catalán.

Bankinter, S.A.  tendrá que reconvertir el préstamo a euros y devolver las cantidades pagadas de más, así como las comisiones de cambio por la aplicación de las cláusulas referidas y 617,69 euros en concepto de gastos de formalización de la hipoteca, más intereses legales, además de declarar nulo el interés de demora pactado en la escritura de constitución del préstamo multidivisa.

La hipoteca se firmó en yenes japoneses y fue suscrita  en el año 2008 con Bankinter  por un importe equivalente en euros a 130.000€. Diez años después de la firma del préstamo, no sólo no habían amortizado capital, si no que debían prácticamente lo mismo que inicialmente, a pesar de haber pagado religiosamente todas sus cuotas mensuales. En la sentencia se afirma que  no se informó convenientemente a los demandantes sobre los riesgos de las fluctuaciones de la moneda del préstamo, referenciado en yenes japoneses, respecto al euro,en que se realizaba efectivamente el pago mensual. Tales oscilaciones podían provocar, como de hecho sucedió, un incremento significativo del importe de las cuotas. Los afectados acudieron a la entidad atraídos por un bajo interés de la hipoteca, del 1%, sin ser conscientes de su riesgo. La entidad bancaria no ofreció la ni la información precontractual obligada ni un redactado claro en la escritura de la hipoteca, lo que imposibilitaba a estos consumidores, sin conocimientos financieros, entender la mecánica de este producto bancario complejo. Al hurtarle a los afectados esta información esencial se condicionó su capacidad de decidir con prudencia la contratación de la hipoteca..

La defensora de los consumidores ha sido la abogada Magdalena Rico Palao, de la plataforma www.eliminarhipotecamultidivisa.es, que advierte que en Cataluña, como en el resto de España, estas hipotecas multidivisa son anulables si no hay información previa a la firma de la escritura notarial y si el banco no proporciona simulaciones de escenarios desventajosos de evolución de la divisa extranjera, condición siempre exigible a los bancos.

 

 

Clicar el enlace (donde encontrarás la Sentencia)

 

https://docs.google.com/document/d/1CblLp0gksRdKOgKycVfs3ezlzsYJu_IKafHK5yvDPRI/edit?usp=sharing

 

Letrado de los consumidores: Magdalena Rico Palao